El TSJA ratifica la sentencia del caso Korpa
Publicamos a continuación el despacho de la Agencia EFE que informa sobre el caso Korpa, en el que el TSJA ha ratificado la condena a la empresa de indemnizar a la familia de una joven reportera sin contrato que murió en un accidente de tráfico cuando viajaba a Córdoba. El SPA ejerció la acusación particular en este caso.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la agencia Korpa a pagar la máxima indemnización por la muerte de una joven reportera en accidente de tráfico, pues considera demostrada la relación laboral plena y que la empresa no adoptó medidas de prevención de riesgos laborales.
La Sala de lo Social del TSJA, en una sentencia a la que tuvo acceso Efe, rechaza todos los motivos de recurso de la empresa e incluso dice que le parece escasa la indemnización de 89.673 euros acordados por un juez de lo Social a cambio de "la vida de una joven de 26 años, en las circunstancias concurrentes".
La sentencia confirma que fue un accidente laboral la muerte de Ana Belén García, una reportera de la agencia Korpa que sufrió un accidente de tráfico el 20 de enero de 2005 cuando se dirigía desde Sevilla a Córdoba a cubrir un acto de los Príncipes de Asturias.
La empresa alegó que se trataba de una reportera "free-lance", pero el TSJA dice que existen "hasta 17 elementos configuradores de una verdadera relación laboral o propia del contrato de trabajo", tales como órdenes de trabajo a diario, salario fijo, elección empresarial de las noticias a cubrir y tratamiento que debía darles, horarios determinados, credenciales o disponibilidad. Por ello, el alto tribunal andaluz confirma que la empresa debe indemnizar a los padres de la reportera en 89.673 euros y niega que esta cantidad estuviese cubierta por la cuantía idéntica que, en su día, percibieron de la empresa aseguradora del vehículo.
El TSJA no valora otras circunstancias que tuvo en cuenta el juez de lo Social 4, que en su sentencia criticó la "explotación y precariedad más absoluta" de los reporteros de la prensa rosa frente las "colaboraciones de lujo" de los contertulios de esos programas.
Sin embargo, el alto tribunal confirma que Korpa no adoptó "eficaces medidas de prevención de riesgos laborales", entre ellos formar a sus redactores de medidas de prevención de accidentes de tráfico o evitar las jornadas excesivas de conducción o de trabajo".
En ese sentido, recoge que el accidente pudo producirse porque la conductora, compañera de trabajo de la fallecida, no estaba familiarizada con el vehículo y estaba manipulando los mandos de la calefacción cuando se estrelló contra la mediana de la autovía.
El TSJA afirma que "no debe parecer excesivo la diligencia" que exige a la agencia de reportajes, pues precisamente "la Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene por finalidad atajar el alto grado de siniestralidad existente en el ámbito laboral".
El Sindicato de Periodistas de Andalucía y su abogado Carlos Crisóstomo ejercieron la acusación particular en este caso, dentro de una campaña de movilización contra la precariedad laboral que fue secundada por numerosos periodistas sevillanos mediante concentraciones de protesta y ante los Juzgados de lo Social.
El juez de lo Social basó su sentencia en la declaración en el juicio de Francisco Sierra, decano de la Facultad de Comunicación de Sevilla, sobre la precariedad laboral de estos reporteros, y en comentarios del periodista Antonio Burgos cuando definió a estos trabajadores como "la dura infantería de la prensa del corazón". EFE
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